Morelia, Michoacán, 08 de julio de 2026. El Pleno de la 76 Legislatura del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores del Estado.
Se modificaron los artículos 16 y 23, se adicionaron fracciones a los artículos 2°, 8° y el artículo 9 Quinquies. Se incorporaron los conceptos de ajustes razonables, abandono, cuidados paliativos, consentimiento libre e informado y maltrato institucional.
Se establecieron como principios rectores la dignificación, la atención preferente y el enfoque de curso de vida. La figura de ajustes razonables garantiza la igualdad y no discriminación. El abandono y el maltrato institucional amplían la definición de violencia. El consentimiento libre e informado y los cuidados paliativos protegen la salud, la dignidad y la autonomía.
Atención municipal reforzada
Se crean áreas especializadas en los Centros Multidisciplinarios para la Atención Integral de las Personas Mayores en los municipios, con servicios médicos, psicológicos, jurídicos y sociales.










