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Congreso aprueba excepción para donación de áreas en obras viales

Morelia, Michoacán, 05 de agosto de 2026. La Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Caminos y Puentes, a la Ley de Hacienda Municipal y al Código de Desarrollo Urbano para eximir de la obligación de donar áreas verdes y cesiones urbanísticas las subdivisiones de predios destinadas exclusivamente a infraestructura carretera y movilidad pública.

Al aprobar el Dictamen de la Comisión de Hacienda y Deuda Pública, se estableció que las subdivisiones para construcción, ampliación, conservación o mejoramiento de vías terrestres tendrán carácter de acto de utilidad pública e interés general, por lo que no aplicarán las disposiciones relativas a áreas de donación, cargas urbanísticas ni contribuciones municipales derivadas de desarrollos inmobiliarios.

Se adicionó el artículo 10 Bis a la Ley de Caminos y Puentes; la Sección Tercera Bis y el artículo 175 Bis a la Ley de Hacienda Municipal; y se reformó el Artículo 428 del Código de Desarrollo Urbano, para precisar que la exención aplica únicamente a la superficie necesaria para la obra pública y siempre que se acredite su carácter de utilidad pública.

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