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Minuta 477 austeridad aprobada por el Congreso del Estado en Morelia

El Congreso del Estado aprobó la Minuta 477 austeridad en Morelia el 14 de septiembre de 2026, reformando siete artículos constitucionales y estableciendo límites de gasto y remuneraciones.

Fachada del Congreso del Estado de Michoacán en Morelia con bandera estatal, simbolizando la aprobación de la minuta 477
Minuta 477 austeridad aprobada por el Congreso del Estado en Morelia

El Congreso del Estado aprobó la Minuta 477 austeridad en sesión extraordinaria en Morelia, Michoacán, el 14 de septiembre de 2026. Esta reforma establece criterios de austeridad y disciplina financiera, limita remuneraciones de servidores públicos y canaliza los ahorros hacia obra e infraestructura pública municipal.

Alcance y aplicación

La Minuta reforma los artículos 26, 44, 98, 98 A, 114, 129 y 156 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo. Fue aprobada por la 76 Legislatura y por 17 ayuntamientos —Tepalcatepec, Angamacutiro, Zamora, Zacapu, Uruapan, Hidalgo, Indaparapeo, Churumuco, Yurécuaro, Senguio, Tanhuato, Buenavista, Jiménez, Irimbo, Jacona, Briseñas, Turicato y Tlalpujahua—; los restantes 95 ayuntamientos y el Concejo Mayor Ciudadano de Cherán no informaron su votación, por lo que se aplicó la afirmativa ficta. La Minuta será remitida al Titular del Poder Ejecutivo del Estado para su publicación.

Además, la Minuta incorpora disposiciones para fortalecer la paridad de género y la igualdad sustantiva en los ámbitos legislativo y municipal; fija que el Poder Legislativo no podrá ejercer un presupuesto anual superior al 0.70 por ciento del Presupuesto de Egresos del Estado, actualizable solo conforme a la inflación. Las remuneraciones de consejeras y consejeros, funcionarios del Instituto Electoral de Michoacán y magistradas y magistrados del Tribunal Electoral del Michoacán deberán sujetarse a criterios de austeridad y racionalidad, respetando los topes máximos constitucionales. Las remuneraciones de funcionarios de elección popular y titulares de administraciones públicas serán proporcionales a sus funciones, sin superar la establecida para la titular del Ejecutivo federal.

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