Morelia, Michoacán, a 10 de junio de 2026. El Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformas a la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo para fortalecer la salud materno-infantil, la atención obstétrica y neonatal, el parto respetado, la lactancia materna, el tamiz neonatal, la detección oportuna de riesgos en recién nacidos y la continuidad del cuidado en las primeras etapas de vida.
El dictamen, presentado por la Comisión de Salud y Asistencia Social, integra iniciativas de las diputadas Belinda Iturbide Díaz y Teresita Herrera Maldonado, y del diputado Juan Carlos Barragán Vélez.
Las reformas establecen que la atención materno-infantil debe garantizar calidad, calidez, respeto y acompañamiento durante el embarazo, parto, puerperio y atención neonatal, reconociendo que «el nacimiento es un proceso natural con un profundo significado cultural y social».
Se impulsa la primera hora dorada, el contacto piel con piel y el gateo al pecho para favorecer el inicio temprano de la lactancia y el vínculo madre-recién nacido, así como una atención obstétrica y neonatal más humanizada.
También se fija un plazo máximo para el tamiz neonatal, se incorpora expresamente la oximetría de pulso, se establecen mecanismos de referencia y contrarreferencia, y se asegura la continuidad del cuidado especializado ante hallazgos sugestivos de cardiopatías congénitas.
La reforma reconoce que la muerte neonatal es un problema prioritario de salud pública en Michoacán y refuerza la capacidad de respuesta de las unidades de salud, especialmente en establecimientos con procedimientos obstétricos quirúrgicos, mediante personal capacitado y condiciones para emergencias neonatales.
Además, protege la lactancia materna más allá de los primeros seis meses, promoviendo su continuidad hasta los dos años mediante orientación, acompañamiento y facilidades razonables en los centros de trabajo para la extracción y conservación de leche materna.










