Límites territoriales municipales. El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo para fortalecer la certeza jurídica en materia de límites territoriales municipales. La acción ocurrió en Morelia, Michoacán, el 15 de octubre de 2026.
Qué cambia con las reformas
Con la reforma al artículo 9 Septies, las solicitudes de solución de conflictos por límites territoriales deben incorporar: listado ordenado de vértices que definan el trazo del límite; tabla de coordenadas geográficas o métricas con sistema de referencia geodésico o cartográfico utilizado; información cartográfica o geoespacial que represente gráficamente el límite propuesto; y cualquier otra información técnica emitida por autoridades o instituciones oficiales competentes en materia geográfica o cartográfica. Además, se adicionó el artículo 9 Octies, que permite a los ayuntamientos solicitar apoyo técnico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía y otras instituciones públicas especializadas. El Congreso del Estado también podrá solicitar opiniones especializadas sobre los elementos técnicos de los expedientes, sin otorgar carácter vinculante a dichas opiniones.
