El Congreso del Estado aprobó la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas del Estado de Michoacán de Ocampo el 14 de octubre de 2026 en Morelia. La 76 Legislatura definió un protocolo para la búsqueda inmediata y coordinada de personas desaparecidas y no localizadas.
Qué establece la nueva ley
La ley obliga a las autoridades a actuar sin demora bajo presunción de vida y enfoque de derechos humanos. Crea un Sistema Estatal de Búsqueda bajo la Secretaría de Gobierno, vinculado con la Fiscalía General del Estado, la Comisión de Búsqueda y municipios, incluidas comunidades indígenas con autogobierno. También prevé una Fiscalía Especializada para delitos de desaparición forzada y por particulares, y un Registro Estatal de Personas Desaparecidas y No Localizadas. El artículo 26 sanciona como falta grave el incumplimiento injustificado o negligente en las obligaciones de búsqueda e investigación.
