El Congreso del Estado aprobó una adición al marco legal para garantizar el subsidio transporte público en Michoacán, concretamente el 20 de octubre de 2026 en Morelia. Se adicionó el artículo 12 TER a la Ley de Planeación Hacendaria, Presupuesto, Gasto Público y Contabilidad Gubernamental del Estado de Michoacán de Ocampo.
Certeza jurídica y sostenibilidad financiera
La nueva disposición otorga certeza jurídica al proceso de planeación presupuestaria, permitiendo la continuidad responsable de sistemas de transporte público masivo, semimasivo y por cable. También salvaguarda la sostenibilidad de las finanzas públicas sin afectar las atribuciones del Congreso ni los límites constitucionales en materia de responsabilidad hacendaria.
El artículo 12 TER autoriza al Congreso del Estado a incluir, en el Presupuesto de Egresos, un presupuesto multianual para subsidiar la operación de esos servicios cuando sea necesario para garantizar su continuidad, regularidad, calidad y sostenibilidad. Las erogaciones deben preverse en los proyectos de Presupuesto de Egresos subsecuentes, sujetas a disponibilidad y aprobación conforme a la normativa aplicable. En caso de vinculación con inversiones en infraestructura o flota, la autorización multianual debe especificar plazo y monto máximo, sin que implique responsabilidad financiera directa del Estado frente a financiamientos del concesionario.
