La desigualdad en el trabajo no remunerado: un problema histórico
Según datos de la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo 2024 del INEGI, las mujeres dedican el doble de tiempo que los hombres a actividades no remuneradas, como el cuidado de personas dependientes, trabajo doméstico y voluntariado. Esta disparidad refleja una brecha profunda en los roles asignados socialmente, donde el cuidado se ha considerado tradicionalmente una tarea femenina no reconocida ni remunerada.
Propuesta clave: corresponsabilidad y dignidad en el cuidado
La iniciativa de Brissa Arroyo busca:
- Redistribuir la carga del cuidado entre mujeres, hombres y otros miembros de la familia, en la medida de sus posibilidades.
- Garantizar una atención digna y de calidad para quienes reciben cuidados, incluyendo niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad.
- Incorporar reformas legales en el Código Familiar y en la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Michoacán, para reconocer el deber familiar de proporcionar cuidados y preservar los derechos de las personas dependientes.
Cambios legales propuestos
Se plantea reformar los párrafos IV y V del artículo 2°, adicionar un párrafo al artículo 152 del Código Familiar, y agregar la fracción VI al artículo 17 de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Con estas modificaciones, se formaliza el principio de que el cuidado es una responsabilidad compartida, no una carga exclusiva de las mujeres.
Un llamado a la acción social y política
Brissa Arroyo enfatiza que cuidar no debe ser una carga ni un rol impuesto por estereotipos sociales, sino un acto de corresponsabilidad social que permita a las mujeres desarrollarse plenamente en ámbitos personales y profesionales. La reforma representa un avance hacia la equidad de género y el reconocimiento del valor social del cuidado.
¿Por qué es importante esta reforma?
| Aspecto | Situación Actual | Propuesta de Reforma |
|---|---|---|
| Distribución del cuidado | Principalmente responsabilidad femenina | Corresponsabilidad entre todos los familiares |
| Reconocimiento legal | Limitado o inexistente | Reconocimiento explícito en el Código Familiar |
| Calidad del cuidado | Variable y no garantizada | Mejoras en la calidad y garantía del cuidado |
















