La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló en su mayoría la Reforma al Código Electoral aprobada por la Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado de Michoacán, manteniendo prácticamente intacto su núcleo normativo.
Durante la Tribuna Ciudadana, el diputado Baltazar Gaona García, presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, explicó que la Corte reconoció la validez de las normas que obligan a las candidaturas independientes a realizar campañas individuales, autónomas e independientes.
La SCJN también avaló las restricciones para campañas coordinadas, compartir propaganda, plataformas, estrategias de promoción y eventos proselitistas entre candidaturas independientes o con partidos políticos.
“La Corte sí permite sancionar una coordinación indebida entre candidaturas independientes o con partidos políticos, además la Suprema Corte sostuvo que las candidaturas independientes son una vía personal para ejercer el derecho a ser votado”, explicó Gaona.
Con la resolución, no se echó abajo la Reforma Electoral de Michoacán; aunque hubo correcciones a determinadas expresiones, el núcleo de la Reforma sigue tal cual se aprobó en el Pleno del Congreso del Estado.
