Morelia, Michoacán, 01 de julio de 2026: La 76 Legislatura del Congreso del Estado reformó la Ley de Educación para garantizar una educación libre de violencias.
Las y los legisladores modificaron los artículos 17, 28, 29, 34, 113, 114, 117 y 226, además de agregar las fracciones I Bis y XVI Bis al artículo 4, incorporando de manera expresa el enfoque de derechos humanos, la perspectiva de género, la igualdad sustantiva, el respeto y cuidado del medio ambiente, y el principio de una educación libre de violencias.
La Comisión de Educación, junto con las comisiones de Protección a la Niñez y Adolescencia y de Igualdad Sustantiva y de Género, dictaminó las iniciativas presentadas por Carlos Alejandro Bautista Tafolla y Vicente Gómez Núñez para asegurar la congruencia normativa y su implementación local.
Se estableció que la rectoría de la educación corresponde al Estado de forma obligatoria, gratuita, laica, científica, universal, pública, integral, cívica e inclusiva, con perspectiva de género y de derechos humanos, eliminando toda forma de discriminación, exclusión y violencias.
Además, se definió jurídicamente el acoso sexual y el hostigamiento sexual en el entorno escolar, y se mandató la implementación de políticas educativas con enfoque diferenciado para prevenir y atender la deserción escolar de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
La autoridad educativa estatal deberá orientar sus acciones para concebir a la escuela como un centro de aprendizaje comunitario, seguro y libre de violencias, donde se construyen y convergen saberes, valores, normas, culturas y formas de convivencia.










