Morelia, Michoacán, 18 de junio de 2026. El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código de Desarrollo Urbano de Michoacán para armonizar la legislación estatal con la federal en materia de Impacto Ambiental y eliminar trámites redundantes.
La modificación ajusta las disposiciones locales al artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), que reserva exclusivamente a la Federación la evaluación de impacto ambiental de obras o actividades de gran escala.
Actualmente, el Código de Desarrollo Urbano de Michoacán exigía autorizaciones estatales adicionales para proyectos cuya competencia ya recae en instancias federales, generando retrasos, incremento de costos y falta de certeza jurídica. La reforma excluye únicamente la duplicidad en los supuestos previstos por el artículo 28 de la LGEEPA.
El diputado Alfredo Anaya Orozco, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), destacó que se mantiene la exigencia de la Manifestación de Impacto Ambiental estatal para todos los casos no reservados expresamente a la Federación.
El dictamen, presentado por la Comisión de Desarrollo Urbano, reconoce el principio de concurrencia entre órdenes de gobierno y busca otorgar plena validez jurídica a las resoluciones de la autoridad federal, evitando espacios de discrecionalidad administrativa y procedimientos redundantes.










