Morelia, Michoacán, a 15 de junio del 2026. El Congreso del Estado aprobó reformas integrales en materia materno-infantil a la Ley de Salud de Michoacán.
Queda garantizado por ley el parto respetado, el tamiz cardiológico obligatorio mediante oximetría de pulso en las primeras 24 horas de vida y la lactancia protegida para mamás trabajadoras.
La reforma exige contacto inmediato piel con piel y inicio temprano de la lactancia materna durante la primera hora de vida. Ningún recién nacido podrá ser dado de alta sin el tamiz cardiológico.
Todas las unidades médicas obstétricas del estado deben contar con personal capacitado en reanimación neonatal, equipo funcional básico y protocolos claros de estabilización y traslado seguro.
Las acciones de promoción de la lactancia se extienden hasta los dos años de edad del niño; los centros de trabajo deberán brindar facilidades, orientación y espacios dignos para la extracción y conservación segura de la leche materna.










