Principios Clave de la Reforma Ambiental en Michoacán
Esta reforma incorpora herramientas modernas y principios internacionales para evitar que el derecho ambiental quede en “letra muerta”. Entre sus pilares destacan:
- Principio precautorio y “quien contamina paga”: Responsabilidad absoluta por daños ambientales, con obligación estatal de prevenir, investigar, sancionar y reparar.
- Titularidad difusa: Cualquier ciudadano puede demandar la protección del entorno, fomentando la corresponsabilidad social.
- Acuerdo de Escazú: Acceso a justicia ambiental, transparencia y participación ciudadana en la vigilancia ecológica.
- Sustentabilidad como eje rector: Integra educación ambiental y criterios ecológicos en obras públicas municipales, además de reconocer el deber de proteger a los animales.
| Principio | Impacto Principal | Ejemplo Práctico |
|---|---|---|
| Precautorio | Evita riesgos irreversibles | Monitoreo antes de cambios de suelo |
| Responsabilidad Ambiental | “Quien contamina paga” | Sanciones y reparación obligatoria |
| Titularidad Difusa | Empodera a la ciudadanía | Demandas colectivas por daños |
| Sustentabilidad | Guía el desarrollo | Educación y obra pública verde |
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